Colaboran como anfitriones en la relación de las pruebas selectivas de los Concursos de Cante, Guitarra y Baile Flamenco, las instituciones y entidades que se relacionan a continuación
Ayuntamiento de Albacete
Ayuntamiento de Burriana (Castellón)
Ayuntamiento de Cornellá de Llobregat
Ayuntamiento de Getafe
Ayuntamiento de Murcia
Ayuntamiento de Ogíjares (Granada)
Ayuntamiento de San Fernando de Henares
Ayuntamiento de Torrevieja (Alicante)
Ayuntamiento de Viator
Fundación Municipal de Cultura Ayuntamiento de Valladolid
U.S. CCOO de Castilla-León
Casa de la región de Murcia en Getafe
Coordinadora de Entidades Flamencas y Andaluzas en Cornellá de Llobregat
Peña Flamenca La Fragua (San Fernando de Henares)
Peña Flamenca El Arriero (Viator)
Casa de Andalucía de Sagunto
Asociación Cultural Flamenca Virgen de la Cabeza (Valdepeñas-Ciudad Real)
Casa Regional de Andalucía en Torrevieja
Peña Flamenca de La Unión
XLVII Concurso
Internacional de Cante
El Comité Organizador designado al efecto, bajo el patrocinio del Excmo. Ayuntamiento de La Unión, convoca el XLVII Festival Internacional del Cante de las Minas y, dentro de él, el XLVII Concurso de Cante, que se regirá por las siguientes:
BASES
PRIMERA.- El Festival se celebrará en esta ciudad durante el periodo comprendido entre los días 2 y 11 de agosto, ambos inclusive, del año 2.007, de los cuales estarán específicamente dedicados al Concurso de Cante los días 8, 9, 10, y 11.
SEGUNDA.- En su XLVII edición del Festival, se establecen los siguientes premios, distribuidos entre los grupos y modalidades de cante que a continuación se especifican:
GRUPO I: CANTES MINEROS
A) Premio “Lámpara Minera”, que llevará aneja la concesión del trofeo de este nombre, galardón máximo del Festival, y estará dotado con la cantidad de doce mil euros (12.000 €).
Solo se podrá otorgar al concursante que, siendo ganador del primer premio de mineras en la presente Edición del Festival, lo sea también, simultáneamente, de alguno de los premios establecidos para las demás modalidades de los cantes mineros, previstos en los apartados C), D) y E) de este mismo grupo.
Con la adjudicación del premio “Lámpara Minera”, la dotación económica que tiene asignada, en la cuantía antedicha, absorberá las correspondientes a los dos premios cuya obtención conjunta por un mismo concursante se impone, según lo determinado en el párrafo precedente, como condición inexcusable para el otorgamiento de aquél.
Por otra parte, el importe de la propia dotación se hará efectivo del modo siguiente: ocho mil euros (8.000 €), con ocasión de la entrega general de los premios concedidos en los diversos concursos del Festival, el resto, una vez que haya tenido lugar la tercera de las actuaciones a que se refiere la base decimocuarta.
El ganador del premio “Lámpara Minera” vendrá obligado a realizar la grabación de un disco compacto (CD), que se editará con el sello de Radio Televisión Española (RTVE), en los términos que indica la base decimoquinta.
B) Mineras:
B.1) Primer premio, dotado con la cantidad de seis mil euros (6.000 €)
B.2) Segundo premio, dotado con tres mil euros (3.000 €)
C) Cartageneras. Premio único, dotado con cuatro mil quinientos euros (4.500 €)
D) Tarantas. Premio único, dotado con cuatro mil quinientos euros (4.500 €)
E) Murcianas y otros cantes mineros (tarantos, levantica, fandangos mineros,….). Premio único, dotado con cuatro mil quinientos euros (4.500 €)
GRUPO II: CANTES DE MÁLAGA, GRANADA, CÓRDOBA Y HUELVA
A) Malagueñas: Premio único, dotado con cuatro mil quinientos euros (4.500 €). Para optar al mismo, los concursantes deberán interpretar dos cantes de esta modalidad, pertenecientes a variantes o estilos diferentes entre sí.
B) Otro cante, libremente elegido por cada concursante entre los siguientes: granaínas, fandangos de Granada, Huelva y Lucena, verdiales, rondeñas, jaberas, jabegotes y restantes tipos de fandangos regionales o locales, de acreditada significación en el contexto flamenco. Premio único, dotado con la cantidad de cuatro mil quinientos euros (4.500 €)
GRUPO III: CANTES BAJO ANDALUCES
A) Tonás, siguiriyas, livianas y serranas, premio único dotado con cuatro mil quinientos (4.500 €)
B) Soleares, bulerías por soleá, cañas y polos, premio único dotado con cuatro mil quinientos (4.500 €)
C) Bulerías, cantiñas, tangos, tientos, peteneras, farrucas, fandangos personales y, en su caso, otras modalidades de cante propuestas por los concursantes, cuya catalogación dentro de este apartado se considere pertinente por el jurado calificador, al tiempo de efectuarse las pruebas selectivas previas a que alude la base sexta. Premio único, con la dotación de cuatro mil quinientos euros (4.500 €)
CANTAORES JÓVENES
Premio especial para cantaores jóvenes, dotado con la cantidad de dos mil euros (2.000 €), que solo se podrá adjudicar a concursantes que no consiguieran ningún otros de los premios previstos en esta base.
Tendrán a tal efecto la consideración de “cantaores jóvenes” los que, al tiempo de la iniciación del concurso, no hubiesen cumplido la edad de 25 años.
NOTA: A las cantidades que constituyen la dotación económica de los premios se les aplicarán, en el momento de hacerse efectivas, y para su posterior ingreso en el erario público, las retenciones establecidas por la legislación vigente del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. La misma prescripción regirá respecto a las demás cantidades que, por concepto distinto, sean abonables a los concursantes con arreglo a las presentes bases, en el caso de que estuvieran sujetas al tributo.
TERCERA.- Podrán tomar parte en el Concurso cuantos cantaores lo deseen, si más limitación que la siguiente:
Los cantaores que, en cualquiera de las precedentes ediciones del Festival, hubiesen conseguido el primer premio de “mineras”, no podrán concursar en esta modalidad de cante. No será aplicable tal limitación, cuando el premio antedicho no hubiese comportado la obtención de la “Lámpara Minera”.
CUARTA.- Se podrán efectuar la inscripción en el Concurso, bién personalmente, por teléfono (968 54 17 92 / 968 56 00 72), Fax (968 54 05 53), o mediante comunicación escrita, dirigida a la Organización del festival (Plaza Asensio Sáez, s/n, 30360 La Unión), hasta el 21 de mayo de 2.007 (La organización del Festival podrá no obstante, ampliar el plazo, si lo estimase oportuno). Para la inscripción será necesario comunicar los siguientes datos: nombre y apellidos, nombre artístico, en su caso; edad, domicilio, teléfono de contacto, y modalidades de cante en las que deseare participar. Será imprescindible adjuntar una fotografía de tamaño carnet, el correspondiente currículum artístico y un impreso, según el modelo elaborado por la Organización, en el que los concursantes se comprometan a cumplir escrupulosamente las obligaciones que para ellos comporta el hecho de la inscripción.
QUINTA.- La inscripción no deberá extenderse a más de cinco de las modalidades de cante previstas en la base segunda. Dicho número será el que marque el límite de los premios a que un mismo cantaor podrá optar. Es obligatorio inscribirse, al menos, en una de las modalidades de cante comprendidas en el Grupo I (Cantes Mineros).
El número de las coplas que se podrá interpretar en cada modalidad de cante será el reflejado en el anexo I.
SEXTA.- Los cantaores inscritos vendrán obligados a someterse a una de las pruebas selectivas, cuya superación les dará paso a las fases subsiguientes.
Dichas pruebas, que tendrán carácter público, se realizarán durante los meses de mayo a julio, en los lugares y fechas que, con antelación suficiente, determine la Organización, según el procedimiento y las condiciones reflejadas en el anexo II.
SÉPTIMA.- El jurado calificador podrá declarar desierto cualquiera de los premios previstos, sin perjuicio de su facultad para, si lo estimare oportuno, distribuir en varios accésits la dotación económica correspondiente.
OCTAVA.- Los concursantes dispondrán de un guitarrista para las pruebas de selección, y de varios guitarristas para las fases semifinales y final, contratados para la ocasión por la Organización del Festival, la cual efectuará la correspondiente asignación entre los cantaores. Sin embargo, todo concursante podrá, a su costa, hacerse acompañar por algún otro guitarrista que libremente designe.
Se satisfará, asimismo, a los concursantes una dieta de sesenta €uros (60 €), abonable por cada día de actuación, ya sea en las pruebas previas o en las finales, incluido aquel en que se hiciere público el resultado, si ese día fuese distinto del de la realización de aquellas.
Los concursantes cuyo municipio de residencia diste menos de 60 kilómetros del lugar de realización de las pruebas previas o finales, sólo devengarán gastos de viaje, sin tener derecho al percibo de dietas.
Los concursantes que obtuviesen cualquiera de los premios previstos en la base segunda, o la dotación contemplada en la base décima, no tendrán derecho al percibo de dietas y gastos de viaje, salvo los que devengaren por su participación en las pruebas selectivas previas, según se establece en el apartado f) del anexo II.
DÉCIMA.- La Organización del festival abonará a cada uno de los concursantes seleccionados para la final la cantidad de novecientos euros (900 €), siempre que no llegaren a obtener alguno de los premios contemplados en la base segunda.
UNDÉCIMA.- Las actuaciones interpretativas que, como consecuencia de este concurso, se ejecuten en el Festival, aun en el supuesto de que no resultaren premiadas, podrán ser objeto de grabación, reproducción, distribución y comunicación pública, total o parcial, para su edición en forma de "disco compacto", "cassette" o "video-home", sobre cualquier sistema técnico o formato, así como para su emisión por radio y televisión a través de ondas hertzianas, cable, fibra óptica o digital, o por Internet, con un ámbito universal y por el máximo de tiempo que permita la vigente legislación. Lo dispuesto en esta cláusula lo será sin perjuicio de los derechos que pudieran ostentar terceras personas en relación con los cantes interpretados , y de las autorizaciones que al respecto fuere necesario recabar.
DUODÉCIMA.- A todo concursante que, habiendo superado las pruebas de selección, actúe efectivamente en las finales se le expedirá, si lo solicitare, un diploma acreditativo de su intervención en el Festival.
DECIMOTERCERA.- La participación en el Concurso implicará la plena aceptación de las presentes bases, así como la del fallo del jurado calificador, que será inapelable.
DECIMOCUARTA.- El ganador del premio "Lámpara minera" (Grupo I, apartado A.1 de la base segunda) vendrá obligado a realizar, al menos, tres recitales de promoción, en las fechas, lugares y condiciones que la Organización del Festival determine.
A las actuaciones específicamente previstas en esta base les será de aplicación lo establecido en la undécima.
Las facultades de decisión y desarrollo referentes a la grabación, reproducción, distribución y comunicación pública de las interpretaciones, con las finalidades indicadas en la misma base duodécima, se entenderán atribuidas a la Organización del Festival. El Ayuntamiento de la Unión podrá, asimismo, celebrar acuerdos en este mismo sentido, con cualesquiera entidades e instituciones. A estos acuerdos estarán sujetas igualmente las actuaciones del ganador del primer premio "Lámpara minera".
DECIMOQUINTA.- Al margen de lo que, con carácter general, se establece en las bases undécima y decimocuarta, y por lo tanto, sin perjuicio de lo que por ellas pudiera resultar afectado el ganador del premio "Lámpara Minera", éste quedará obligado, de manera específica, a realizar la grabación de un disco compacto (CD), que, con el asesoramiento, dirección y supervisión del Comité Organizador, se editaría bajo el sello de Ratio Televisión Española (RTVE).
Tal obligación comportará, a su vez, la de ceder a favor del festival Internacional del Cante de Las Minas, cuantos derechos pudieran corresponder a dicho ganador sobre la grabación de que se trata.
ANEXO I
PRIMERO
Asimismo, para optar al premio previsto en el Grupo I, apartado E de la citada base, será obligatoria la interpretación de dos palos distintos, de los correspondientes a dicho apartado.
Eso aparte, se establecen las siguientes reglas en cuanto al número máximo de coplas o letras que se podrán ejecutar en los distintos grupos o modalidades de cante:
Grupo I (Cantes Mineros): una copla en totas las modalidades.
Grupo II (Cantes de Málaga, Granada, Córdoba y Huelva): en cada una de las dos variantes o estilos de malagueñas cuya interpretación se exige para optar al premio correspondiente, una copla: en granaínas, una copla, si bien ésta podrá ir seguida de la media granaína; en las restantes modalidades de este grupo, dos coplas.
Grupo III (Cantes Bajoandaluces): en tonás, tres coplas; en siguiriyas, dos coplas más el remate; en livianas y serranas, dos coplas, si bién se admitirá la interpretación de una copla por serranas precedido de la liviana de entrada y seguida del cambio.
En soleares, cuatro coplas más el remate; en cañas y polos, tres coplas.
En tientos, tres coplas, o dos con el remate por tangos.
En peteneras, farrucas, fandangos personales y otros cantes encuadrables en el mismo apartado, dos coplas.
Dadas sus especiales características, no estarán sujetos a las reglas precedentes los cantes por bulerías, tangos y cantiñas, cuya interpretación, sin embargo, no podrá tener una duración superior a cinco minutos.
SEGUNDO.- Si el caso se presentare, el jurado decidirá sobre la pertinencia de que los concursantes puedan interpretar estilos de fandangos u otro tipo de cantes no previstos expresamente en las bases. En tal supuesto, determinará el grupo y subgrupo en que deba encuadrarse el cante de que se trate, a efectos de opción al premio correspondiente, y de aplicación de las reglas contenidas en el apartado primero de este anexo.
ANEXO II
Las pruebas selectivas a que se refiere la base séptima se desarrollarán de la siguiente forma:
a) La Organización del Festival determinará las fechas de realización de las pruebas y distribuirá entre ellas la actuación de los cantaores inscritos. Eventualmente, se podrá disponer que estas pruebas se inicien aun antes de que hubiese concluido el plazo de inscripción.
b) Los concursantes, cuya convocatoria se hará en llamamiento único, habrán de comparecer, para la realización de las pruebas, en la fecha y en el lugar que la Organización del Festival les señale. La incomparecencia comportará la eliminación automática, salvo que aquélla se debiere a causa justificada, que la Organización ponderará discrecionalmente.
c) En las pruebas, los concursantes deberán interpretar, precisamente, las modalidades de cantes por ellos indicadas al solicitar la inscripción, y no ninguna otra, aun cuando perteneciera a los mismos grupo y subgrupo de aquéllas. Esta prescripción regirá, igualmente, en las ulteriores fases del concurso.
d) Para la calificación de las pruebas selectivas, la Organización designará un jurado, cuya composición no tendrá necesariamente que coincidir con la del jurado que, en su día, se designe para la calificación de las fases semifinal y final.
e) El resultado de las pruebas selectivas, con la relación de los cantaores clasificados para el concurso, se hará público de manera global y, por lo tanto, cuando aquéllas hubieran finalizado en su totalidad. Contra el fallo del jurado no procederá ninguna reclamación.
f) A los cantaores participantes en las pruebas selectivas, les será de aplicación el régimen de dietas y viáticos establecido en la base novena.
g) La Organización del Festival adoptará las medidas necesarias para que sus decisiones referentes a las pruebas selectivas sean conocidas oportunamente por los concursantes, en lo que, de modo respectivo, les pudiese concernir. De igual manera, pondrá los medios precisos, para la información, consulta y resolución de las incidencias que se pudieran presentar.
XXVIII Concurso de Guitarra Flamenca
BASES